21 de febrero, 2024
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La sentencia de un Juzgado de lo Social de Murcia a favor de la Federación Regional de Empresarios del Metal de Murcia crea un precedente en España para  la contratación de profesorado para cursos de formación para el empleo.

El fallo dictado por un Juzgado de lo Social de Murcia confirma que la contratación de profesorado autónomo para impartir clases de cursos de formación en centros formativos es “conforme” a la legislación vigente.

La sentencia se refiere a un acta de la Inspección de Trabajo que puso en duda la forma de contratación en centros de formación en España, y confirma lo manifestado en su día por el Ministerio, en referencia a que era posible la contratación de autónomos en el ámbito formativo, cuando concurriesen unos requisitos, como ha ocurrido en el caso resuelto la Federación Regional de Empresarios del Metal de la Región de Murcia.

Aunque la normativa estaba abierta a la posibilidad de contratar como autónomo al profesorado, la Inspección de Trabajo entendía que deberían ser contratos de personal laboral por cuenta ajena.

La Federación del Metal murciana sostenía que la contratación de profesorado autónomo era conforme a la ley y una práctica generalizada en el sector de formación para el empleo en todo el territorio nacional que favorecía la calidad en la formación, al permitir la incorporación al ámbito formativo de profesionales y expertos de distintas áreas.

Según la Federación Regional de Empresarios del Metal de Murcia, la resolución contribuye a dar seguridad jurídica a todos los centros formativos y supone una gran noticia para empresas y trabajadores en España. Asimismo, confía en que la sentencia sirva para generar una reflexión en  los órganos inspectores de la administración en este ámbito sobre la repercusión económica y emocional de sus acciones.

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